En fallo unánime (causa rol 10140-2012), los ministros de la
Tercera Sala -Mauricio Silva, Gloria Solís (suplente) y el abogado integrante
Rodrigo Asenjo- acogieron una acción cautelar presentada por las 16 familias
del campamento “Felipe Camiroaga”, que se ubica en las riberas del río Colina.
En su resolución, la sala determina que la negativa municipal a
proveer el suministro de agua potable, viola la garantía constitucional del
derecho a la vida de los habitantes del campamento, pese a ser ocupantes
legales del terreno.
“Que, si bien es cierto, los recurrentes son ocupantes
ilegítimos de terrenos que constituyen bienes nacionales de uso público y, no
han aceptado los ofrecimientos hechos por la autoridad alcaldicia en orden a
ser trasladados a inmuebles que cuentan con los servicios básicos, como agua
potable, electricidad y alcantarillado, u otros como fuentes laborales, no es
menos cierto que las condiciones en que las 16 familias que forman parte del
campamento “Felipe Camiroaga”, no cuentan con el elemento vital agua; como bien
lo han señalado las recurrentes, el elemento agua, resulta vital para la
integridad física de los seres humanos y éste, atendida su relevancia, ha sido
revisado por el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales e incluido
dentro de la Declaración de los Derechos Humanos, suscrita y ratificada por
Chile. Dicho Pacto, en su Observación General Nº 15, declara: “El derecho
humano al agua da a todos el derecho a tener agua suficiente, potable,
aceptable, accesible física y económicamente para uso personal y doméstico. Es
necesaria una cantidad adecuada de agua potable para prevenir la muerte por
deshidratación, reducir el riesgo de enfermedades relacionadas al agua y para
satisfacer las necesidades de consumo, preparación de alimentos e higiene
personal y doméstica”, dice el fallo.
La resolución agrega: “Se acoge el recurso deducido a
fojas 13 por doña Alejandra María Bravo Hidalgo y doña Guillermina Troncoso
Zamorano, en cuanto el señor Alcalde de la Municipalidad de Colina deberá
proveer de agua potable suficiente a las familias que conforman el campamento
“Felipe Camiroaga”, durante todo el tiempo que dure la irregular situación de
este, haciendo uso de los camiones aljibes que al efecto ha proporcionado la
Gobernación Provincial”.
El recurso de protección fue presentado en contra de la
Municipalidad de Colina y la Gobernación Provincial de Chacabuco, pero respecto
de esta última el recurso fue rechazado ya que durante la tramitación de la
causa se manifestó dispuesta a entregar el agua potable mediante camiones
aljibes.
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile
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