sábado, 6 de septiembre de 2014

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO DE CHILE ACOGIÓ EN FALLO UNÁNIME RECURSO DE PROTECCIÓN CONTRA PROGRAMA "MANOS AL FUEGO" DE CANAL CHILEVISIÓN POR USO DE CÁMARA OCULTA EN UNA GRABACIÓN

   La sentencia determinó que la grabación con cámara oculta del recurrente vulnera la garantía constitucional de respeto a la vida privada, pese a que la estación televisiva decidió no emitir el capítulo cuestionado.

   "Respecto de la petición de borrar el contenido del programa, cabe señalar, en primer término, que la recurrida ha reconocido haber grabado imágenes del señor Daza mediante cámaras ocultas y sin su conocimiento ni consentimiento, y dado el contenido del programa descrito en el recurso, cabe estimar que la sola existencia de la grabación, aún en el evento de que no será emitido el programa, constituye una amenaza latente al derecho al respeto a la vida privada del recurrente", sostiene el fallo.

   Resolución que agrega: "De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, SE ACOGE el recurso deducido en lo principal de fojas 1 sólo en cuanto se ordena a la recurrida, Red de Televisión Chilevisión S.A. borrar de sus registros la grabación del programa "Manos al Fuego" en el que aparecen las imágenes del recurrente señor Valentín Alexander Daza Salgado, debiendo informar oportunamente a esta Corte del cumplimiento de lo ordenado".

   TEXTO COMPLETO DE SENTENCIA DE PROTECCIÓN DE CORTE SUPREMA

   Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.

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