El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que los partidos políticos
son fundamentales para las democracias a nivel mundial, ello por su activa
intervención en el quehacer público de cada Nación.
Observa luego que la posibilidad que tienen los ciudadanos para agruparse
mediante un partido político en conformidad a sus orientaciones ideológicas es
un elemento esencial para fortalecer la democracia, y participar en las
elecciones destinadas a ocupar cargos públicos o al interior del mismo partido,
permitiendo ejercer un adecuado control del poder político. Asimismo, estos
grupos cumplen un rol fundamental en la intermediación de los individuos y
grupos de la sociedad civil, por una parte, y el Estado, por la otra,
canalizando las demandas ciudadanas y promoviendo el debate público.
Según el Instituto Libertad y Desarrollo, “se trata de una iniciativa que
en términos generales es correcta, al buscar aumentar los niveles de
transparencia y legitimidad de nuestro sistema político. Tiene el potencial de
generar una cultura de democracia interna, a partir del fortalecimiento de las
estructuras internas, tanto a nivel central, como regional”.
Bajo este contexto, y sin perjuicio de los perfeccionamientos que se
introduzcan en su tramitación legislativa, se trata de una modernización
necesaria, sobre todo considerando los bajos niveles de aprobación que tienen
los partidos ante la opinión pública, agregó el indicado Instituto.
En ese sentido, la iniciativa destaca la extremada desconfianza y falta de
identificación de la ciudadanía con los partidos políticos en nuestro país.
Agrega que existen duras críticas a estos grupos, como la falta de
transparencia y el hecho de privilegiar sus intereses por sobre los del país,
lo que a juicio del mensaje “tendría mucho de injusto”.
Con el objeto de evitar agravar tal situación y mejorar la conformación y
funcionamiento de los partidos políticos chilenos, volviéndolos más
transparentes, participativos y cercanos al quehacer e inquietudes de los
ciudadanos, la iniciativa propone modernizar la Ley Orgánica Constitucional N°
18.603, sobre Partidos Políticos, que, entre sus distintos aspectos, “faculta a
crear o participar en corporaciones o fundaciones, centros de estudios u otras
asociaciones voluntarias; elimina la restricción que impide a los partidos
participar en plebiscitos comunales; facilita su constitución permitiendo
que varios trámites puedan realizarse en la web del Servicio Electoral; entrega
mayor regulación para la tramitación de las solicitudes de afiliación e
introduce la categoría de adherentes, los cuales corresponderán a menores de 18
y mayores de 14 años, extranjeros residentes o las personas que el partido
determine; efectúa algunas modificaciones a la estructura de los partidos.
Así, cada entidad deberá contemplar una Directiva Central, una Comisión
Política,un Órgano Representativo Nacional (corresponde al actual Consejo
General), Órganos Representativos Regionales (corresponde a los actuales
Consejos Regionales) y un Tribunal Supremo”.
De igual forma, el proyecto “fortalece la democracia interna, estableciendo
nuevas infracciones relacionadas con el fraude electoral de las elecciones
internas; incrementa la transparencia, ampliando los contenidos que deben estar
expresados en la página web del partido; establece un catálogo más extenso
de derechos y deberes de los afiliados. En cuanto a los primeros, permite a los
afiliados participar en la elaboración del programa del partido y en la
modificación de la declaración de principios, y presentarse como candidato y
ser elegible como miembro de cualquier órgano interno del partido; mantiene la
prohibición de las órdenes de partido y se amplía a todos los funcionarios de
la Administración del Estado en el ejercicio de sus funciones”.
Finalmente, “plantea cambios menores en materia de disolución. Se amplía la
excepción que permite evitarla en aquellos casos en que el partido no alcanza
el 5% de los sufragios válidamente emitidos en una elección de diputados; contemplándose
un mejor sistema de controles, sanciones y recursos, destinados a hacer
efectivos los derechos de los militantes, las normas sobre democracia
interna, las obligaciones de publicidad y el respeto por la legalidad; entre
otras ideas que el proyecto consulta”.
Fuente: Diario Constitucional de Chile.
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