El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción de los diputados
Baltolu, Calderón, Estay, Hoffmann, Rojas, Rosales, Sandoval, Santana, Turres y
Vilches, expone que “el desempeño de cargos públicos de elección popular exigen
una conducta de probidad, antecedentes intachables y un comportamiento social y
cívico acorde con la investidura que se ejerce”.
Observa luego que la única institución que contempla el constituyente como
inhabilidad para ejercer cargos públicos es la Acusación Constitucional, producto
de una sentencia condenatoria, no obstante ser aplicable respecto de
autoridades acusables por esta vía excluyendo a diputados y senadores.
A fin de subsanar tales defectos, hacen presente la necesidad de incorporar
en la Carta Fundamental, dentro requisitos de elegibilidad para ser diputados y
senadores, el hecho de no haber sido inhabilitado para ejercer algún cargo
público.
Fuente: Diario Constitucional de Chile.
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