La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó hoy –martes 11 de agosto–
por extemporáneo el recurso de protección presentado por los socios del
sindicato de trabajadores independientes de juegos electrónicos de habilidad y
destreza, en contra de la Municipalidad de Coquimbo, para que se dejara sin efecto
ordenanza de agosto de 2013 que les negó el pago de patentes comerciales y, por
ende, el funcionamiento de los locales donde funcionaban las máquinas de juego.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los
ministros Juan Pedro Shertzer, Fernando Ramírez Infante y el abogado (i) Ciro
Sabadini Foretich–, rechazó la acción cautelar por haber
sido presentada fuera del plazo legal de 30 días, como se estipula para
este tipo de recurso.
"No cabe sino concluir que los recurrentes han tenido pleno
conocimiento o noticia de la conducta que reprochan a la Municipalidad de
Coquimbo y que sirve de fundamento a la acción cautelar intentada, vale decir,
el haberles impedido pagar oportunamente sus respectivas patentes comerciales
(las correspondientes al primer y segundo semestre del 2014 y primer semestre
del 2015, conforme a lo indicado en el recurso), al menos desde el mes de
noviembre del 2014; y, considerando, además, que la presente acción cautelar
fue interpuesta el 2 de julio último, se colige, en forma fehaciente, que desde
la primera de las fechas señaladas, transcurrió en exceso el plazo de treinta
días que contempla el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema para
deducir recurso de protección, por lo que sólo procede su rechazo, por
extemporáneo", expone el fallo.
TEXTO DE FALLO CORTE LA SERENA
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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